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lunes, 1 de abril de 2013

LAS VIOLACIONES BRITÁNICAS A GIBRALTAR

LAS VIOLACIONES AL TRATADO DE Utrecht
Con el Congreso de Viena de 1.815 se marcó una paz permanente entre España e Inglaterra. Sin embargo, el Reino Unido desde que se apropió fraudulentamente de Gibraltar mostró signos inequívocos de no conformarse sólo con la fortaleza descrita en el Tratado de Utrecht y muy pronto, 1legaron las violaciones a lo estipulado en Utrecht. para conseguir más terreno español, utilizando como método el engaño, la fuerza y la indignidad.
Estos son algunos de los atropellos cometidos:
Nada más firmarse el Tratado de Utrecht, el gobernador de Gibraltar ocupó militarmente una torre llamada "Torre del Diablo" y un caserón denominado "El Molino", situados a levante y poniente respectivamente, en terreno español. En 1.730, fecha en que se inicia la construcción de la "Línea de Gibraltar" - línea compuesta por dos fuertes y una muralla a todo lo ancho del istmo- Gran Bretaña pide a España la creación de un terreno neutral en el que ambos países se abstendrían de fortificar, terreno que no dejaría, por ello, de ser español. Esta petición no es tenida en consideración aunque, de facto, después del tercer sitio quedó una franja de terreno español de 1.450 metros de longitud, a todo lo ancho del istmo, entre la fortaleza y la "Línea de Gibraltar", que España mantuvo para evitar fricciones y que fue considerado por ambas partes como "terreno neutral''.

mapa actual de Gibraltar
Mapa del Istmo de Gibraltar.
Cuando Napoleón invadió España se produjo una alianza hispano-británica, y, cuando las tropas francesas llegaron al sur de España en el año 1.810, los ingleses deciden, con el consentimiento del General Castaños, volar la llamada "Línea de Gibraltar", y así en un solo día artificieros británicos vuelan todos los fuertes, que ya nunca más los ingleses permitirán reconstruir.
En el año 1.815 se produjo en Gibraltar una epidemia de fiebre amarilla. El gobernador de Gibraltar solicitó, a las autoridades españolas, la instalación de un campamento sanitario fuera de la plaza, en el llamado "Campo Neutral", siendo autorizada la misma, por razones humanitarias, quedando instalado el mismo en el lugar hoy ocupado por el aeropuerto. Esto fue aprovechado para continuar avanzando hacia el norte, porque una vez vencida la epidemia no sólo no fue levantado el campamento si no que, además, colocaron unos centinelas a vanguardia. Desde esta fecha, Gran Bretaña comienza a considerar "Campo Neutral'' el comprendido entre sus centinelas y los centinelas españoles que continúan a la altura de la ya inexistente "Línea de Gibraltar".
Otra epidemia en el año 1.854 sirvió de pretexto para que los ingleses volvieran a avanzar por el "Campo Neutral" construyendo nuevas chozas y barracones y haciendo lo mismo que hicieron en 1.815. A pesar de todas las protestas efectuadas por medios diplomáticos, los ingleses no se mueven.
En el año 1.865 consiguen del gobierno español una Declaración Conjunta sobre navegación en aguas del Estrecho. A partir de entonces los barcos contrabandistas se sienten protegidos por los cañones de la plaza y por la marina británica, alegando que los apresamientos españoles se producen en aguas inglesas, cuando en Utrecht no se les reconoce ninguna jurisdicción sobre las aguas que circundan el Peñón.
En el año 1.881 las autoridades españolas colocaron unos parasoles a los centinelas españoles en el límite norte del "Campo Neutral", esto produjo un cruce de notas diplomáticas, finalizando el conflicto con la autorización inglesa, aunque con la condición de que se quitasen al finalizar el verano, apresurándose, como compensación a esta "concesión", a construir obras permanentes para proteger a sus centinelas y cuando España protesta los ingleses le recuerdan que nosotros colocamos parasoles sin pedirles permiso a ellos. Sin comentarios.
En el año 1.905 el rey Alfonso XIII realizó una visita a Inglaterra - buscaba la que más tarde seria la Reina de España - visita que aprovechó el gobierno británico para pedir que España renunciara a los derechos que le da el Tratado de Utrecht, como condición para el mantenimiento de la amistad hispano-británica. Como no lo consiguen, en el año 1.908 inician la construcción de la famosa verja que quedó terminada a finales de 1.909. Esta fue una de las decisiones más trascendentales tomadas por el Reino Unido en toda la historia del contencioso: separar físicamente no sólo lo cedido en Utrecht - castillo, ciudad, fortaleza y puerto - sino también los 850 metros del istmo, de los 1.450 que componían el llamado "Campo Neutral", apropiándose de un terreno sobre el que no tenían ningún derecho.
En el año 1.938, cuando España estaba enfrascada en la guerra civil, los ingleses aprovechan nuevamente los conflictos internos y, por tanto, la debilidad española para construir un aeródromo en terreno español asegurando que se trataba de un "Emergency Landing Ground''. Aunque desde el primer momento funcionó como un aeropuerto cívico militar, cuyas pistas se adentran en el mar ocupando fraudulentamente también parte de las aguas de la Bahía de Algeciras.
Finalmente España, en el año 1.942, en plena guerra mundial, para evitar nuevos desplazamientos de la "frontera" hacia el norte, ocupó los 600 metros que quedaban del mal llamado "Campo Neutral'', con la protesta de las autoridades británicas a pesar de que España tomaba posesión de un trozo de terreno que era español.
El 23 de mayo de 1969, entra en vigor en Gibraltar la llamada "Constitución Lansdowne" y el 30 de mayo se aprueba en referéndum un Estatuto Autónomo para Gibraltar, mediante el cual se establece un sistema político de la colonia que pasa a la consideración de dominio, en el que un ministro principal es el representante de la Corona británica, recayendo la elección en Josuah Hassan, dándose el singular caso de ser Presidente una persona de origen judio-marroquí en un territorio en el que el Art. X del Tratado prohíbe expresamente la entrada de moros y judíos.
Existe en Gibraltar un régimen discriminatorio de asentamiento personal. Gran Bretaña se ha escudado siempre, en que hay que considerar los intereses de los habitantes que están constituidos por una población de origen heterogéneo descendientes de judíos, árabes, malteses, hindúes, genoveses, etc. pero tal asentamiento se deniega si el pretendiente es español pues lo impide la particular legislación del territorio la "Inmigration and aliens order'' de 1.885 y la "Gibraltar status ordinance" de 1.962.
Y todo esto sin olvidar las continuas violaciones del espacio aéreo y de las aguas jurisdiccionales españolas
Texto ligeramente reformado de "Violaciones al Tratado de Utrecht" de Francisco Javier Millán
Sin embargo, la guerra civil continuó hasta la recuperación de Barcelona (1714) y la Baleares (1715). El Tratado de Utrecht habría puesto fin a la guerra de no haber sido por la resistencia de Mallorca y Cataluña que, hasta su capitulación el 13 de septiembre de 1714, siguieron luchando. En castigo por la adhesión de Aragón y Valencia al pretendiente el archiduque Carlos Felipe V abolió sus fueros. Los de Cataluña lo fueron en 1716

Mapa actual
Localización en España de la Colonia de Gibraltar
INTENTOS MILITARES DE RECUPERACIÓN DE GIBRALTAR
En todo tiempo Espa ña ha estado intentando recuperar Gibraltar, unas veces de forma militar y otras, las ultimas, de forma diplomática. Ordenados cronológicamente los episodios de esta labor revindicativa y tenacísima, pueden resumirse así:
En septiembre de 1704, el marqués de Villadarias dirige un golpe de mano con un grupo de 500 españoles. La idea era hacer un ataque conjunto desde la roca y por tierra. Se consiguió escalar la roca pero el ataque terrestre no pudo efectuarse por la llegada al puerto de una flota inglesa, haciendo prisioneros a la mayor parte del grupo.
Felipe V, desde 1721 a 1728, mantiene como embajador en Londres a don Jacinto de Pozobueno y Belver marqués de Pozobueno. Sus instrucciones son muy concretas: recuperación de Gibraltar, negociando la entrega a cambio de los privilegios comerciales que necesitaba Inglaterra, a saber: confirmación del privilegio del asiento, que le facultaba para importar esclavos a América, y navío anual de permiso, que le autorizaba un comercio limitado, pero bastante,para facilitar y en cierto modo camuflar bajo apariencias legales, su inmenso contrabando.
Standhope, el que luego habría de llamarse Lord Harrington, embajador de Inglaterra en Madrid, ayudaba desde aquí al torpedeo de las negociaciones. Cuando se firma el Tratado de Madrid, el 13 de junio de 1721, ya habíamos entregado lo que pedían los ingleses. Nosotros, a cambio de la no recuperación de Gibraltar, nos contentamos con una carta de Jorge I, en la cual se decía: "No vacilo en asegurar a V. M. que estoy pronto a complacer en lo relativo a la restitución de Gibraltar." La promesa concretaba que la devolución se haría dentro del año 1721.
Al romperse las hostilidades entre España e Inglaterra, en 1727 y Gibraltar sufre un breve sitio de cinco meses, el Marques de Pozo bueno regresa a Madrid, y Standhope abandona España y vuelve a Londres. La promesa austríaca de ayudarnos a la guerra tampoco se cumple y en 1728 firmamos, en El Pardo, el Acta de Confirmación y declaración de preliminares, por la que devolvemos a Inglaterra, incluso con una indemnización por daños, la nave Príncipe Federico, manifestando tan sólo el representante de la Gran Bretaña que su país trataría del asunto del Peñón en un Congreso internacional que se celebraría en Soissons. El Congreso tuvo lugar, efectivamente, en junio del propio año 1728. A él acudieron, por España, el marqués de Santa Cruz y don Joaquín Ignacio de Barrenechea, pidiendo a los ingleses el cumplimiento dela promesa de 1721, a lo que se negaron los ingleses por medio de sus representantes, Stanhope y Walpole. La paz quedó al fin asegurada por el Tratado de Sevilla, de 1729.
El último asedio, el decimocuarto en la historia, comenzó el 14 de julio de 1779, se declara “El Gran Sitio” de Gibraltar y se prolongó hasta 1783, sitiando Francia y España, ligadas por el Tercer Pacto de Familia, el Peñón de Gibraltar, por tierra y por mar y que termino cuando el Conde de Aranda ordeno levantar el bloqueo sin recuperar la plaza.
Se desplegaron los máximos medios, realizándose fortalezas por el entorno inmediato como el Castillo de Sabinillas, se estableció una Fábrica de Cañones en Jimena, un polvorín en La Atunara y diversos astilleros en la bahía para reparación de las flotas española y francesa. Se había tenido en cuenta la indicación del marqués de Pozobueno: "Con una buena armada de navíos, con buenos oficiales y correspondiente tripulación, se vería en breves años reducida la soberbia inglesa". Cortada la comunicación por tierra por las tropas de Martín Álvarez de Sotomayor, relevado posteriormente por el duque de Crillon, el Peñón no tiene más salida que el mar, y en el mar se hallan las escuadras francesa y española al mando de D. Antonio Barceló, recién ascendido a Jefe de Escuadra, y con ellas unas baterías flotantes, refrigeradas, insumergibles e incombustibles, el último grito del arte militar, debido al ingeniero francés D'Arión.
El bloqueo no fue muy eficaz. Además otra flota de bloqueo operaba con bases en Algeciras, Málaga y Cádiz. Se reforzó la flota de Barceló con un navío, una fragata, 3 jabeques, 5 jabequillas, 12 galeotas y 20 embarcaciones menores, también participan las "lanchas cañoneras" ideadas por Barceló.
La dificultad era atacar la plaza por mar, ya que por tierra era mucho más difícil dados los alcances de los cañones de la época y a la inferioridad manifiesta de los buques de vela y madera de la época contra las fortificaciones terrestres. Al ser menguada la flota que se le proporcionó a Barceló y de insuficiente potencial de fuego se embarcaron grandes cañones de a 24 libras o con morteros en botes a remos de gran tamaño. Para proteger a la dotación del bote cañonero se dotó de un parapeto plegable (que se podía alzar o abatir) forrado por dentro y por fuera por una capa de corcho. Tenían de eslora 56 pies, 18 de manga y 6 de puntal, con 14 remos por banda, el cañón y una dotación de una treintena de hombres. El cañón tenía un dispositivo giratorio que permitía apuntarlo sin modificar el rumbo de la lancha. Posteriormente se le añadieron a las lanchas un forro de hierro para blindar el casco hasta debajo de la línea de flotación.
Las cortes francesa y española estaban pendientes de todos los detalles y preparativos del ataque al Peñón. El campamento de las fuerzas terrestres se monta en el cortijo Benalife. Nuevamente todo fracasa. Las baterías se hunden, se incendian, estallan y llevan por doquier el desastre y el desánimo. Los ingleses por su parte resisten por la tenacidad de Lord Elliot y gracias también a los abastecimientos introducidos en la plaza por el almirante Howe, interceptado en su regreso por la escuadra combinada de Luis de Córdova en cabo Espartel con escasos resultados (noviembre de 1782); más éxito tuvo este general en el apresamiento de un gran convoy británico (1782). Las baterías flotantes son incendiadas y se hunden en el fondo de la bahía. La ciudad de Gibraltar no obstante sufre constantes bombardeos y una vez levantado el sitio con el fracaso franco-español se encuentra totalmente destruida, en ruinas y asolada. El Tratado de 2 de septiembre de 1783 pondría fin al último sitio de Gibraltar.
En 1756, simultáneamente con Francia y con Inglaterra, a cambio de la neutralidad española.
En abril de 1782 franceses y españoles bombardearon conjuntamente Gibraltar por tierra y mar, pero sin éxito. La paz finalmente fue firmada en Versalles el3 de septiembre de 1783. España recuperaba Florida y Menorca, los británicos evacuaron Honduras, aunque se devolvían las Bahamas, y Gibraltar continuó bajo bandera de la Gran Bretaña, y, en lugar de Gibraltar, España recibió la Isla de Menorca.
RECLAMACIONES DIPLOMÁTICAS
En 1783, al firmarse la paz de Versalles, luego de concluir la guerra de independencia americana, neg ándose a España Gibraltar, aunque recuperamos Menorca y La Florida.
En 1786, Floridablanca, al negociarse los límites de Honduras, tratando de canjear el peñón por Caracas y Puerto Rico.
En 1795-96, intentando Godoy, de una parte, sublevar la plaza y, de otra, entregar a Francia La Luisiana, si Francia nos ayudaba al rescate de Gibraltar.
En 1830, el Reino Unido concede a Gibraltar el status de "colonia de la Corona".
En 1870, por el General Prim.
En el periodo de 1914 a 1918, por D. Eduardo Dato, que ofrece nuestra neutralidad a cambio de recibir la Roca y la plaza de Tánger.
En el periodo de 1925 a 1929, por el General D. Miguel Primo de Rivera, que propone un cambio de Gibraltar por la plaza de Ceuta.
Por decisión unilateral de Inglaterra, aparece, en territorio que nos es arrebatado, el neutral Groz~n~1 de 1826; el puerto de Gibraltar se extiende a las aguas españolas que bañan la parte Oeste del istmo; en 1899, el embajador inglés exige que garanticemos la no fortificación o el desmantelamiento de las fortificaciones de Sierra Carbonera y de las colinas dominantes; en 1901, Inglaterra, también por su propia y exclusiva voluntad, construye una verja de hierro.
El 14 de diciembre de 1960, la Resolución 1.514 de Naciones Unidas proclama solemnemente la necesidad de poner fin rápida e incondicionalmente al colonialismo en todas sus formas y manifestaciones.
En mayo de 1961, se inicia el diálogo sobre Gibraltar entre España y el Reino Unido durante la visita oficial de Sir Alec Douglas-Home a Madrid.
El 16 de diciembre de 1965, la Asamblea General de las Naciones Unidas adopta una resolución invitando a los dos países a entablar negociaciones para buscar una solución al problema de Gibraltar.
El 18 de mayo de 1966, se inician en Londres las conversaciones anglo españolas entre los ministros de Asuntos Exteriores de ambos países Fernando María Castiella y Michael Stewart.
El 20 de diciembre de 1966, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba una resolución en la que deplora el retraso del proceso descolonizador de Gibraltar e invita a las partes a proseguir las negociaciones.
El 10 de septiembre de 1967, a pesar de la oposición de la Organización de Naciones Unidas y de España, se convoca un referéndum sobre el futuro de Gibraltar y el 96 % de los gibraltareños se muestra partidario de continuar su relación con Londres.
Entre el 18-20 de marzo de 1968, se mantienen nuevas conversaciones, sin ningún resultado.
El 18 de diciembre de 1968, la ONU aprueba la Resolución 2.429, en la que declara que el mantenimiento de la situación colonial de Gibraltar es contrario a los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y a los contenidos en la Resolución 1.514 sobre descolonización.
El 8 de junio de 1969, el gobierno español cierra la verja de la frontera terrestre de La Línea de la Concepción con Gibraltar, en respuesta a la entrada en vigor de la nueva Constitución gibraltareña, aprobada por el Gobierno británico en 1968, que trascendía las resoluciones de las Naciones Unidas.
Entre 1969 a 1973, continúan sin fruto los contactos hasta que, por iniciativa española, se congelan las conversaciones en mayo de 1973.
El 30 de mayo de 1974, a solicitud de la parte inglesa se reanudan las conversaciones con carácter exploratorio.
El 18 de noviembre de 1976, la Asamblea General de las Naciones Unidas urge nuevamente a los Gobiernos español y británico a que inicien negociaciones sobre el problema de Gibraltar.
El 10 de abril de 1980, los Ministros de Exteriores de España y Gran Bretaña firman la Declaración de Lisboa, en la que ambos gobiernos se proponen resolver el problema de Gibraltar en un espíritu de amistad y de acuerdo con las resoluciones pertinentes de Naciones Unidas e inicialmente acuerdan el restablecimiento de comunicaciones directas en la región .
El 14 de diciembre de 1982, poco después de su toma de posesión, el primer gobierno de D. Felipe González Marquez ordena la apertura de la verja aunque sólo para peatones.
El 27 de noviembre de 1984, se firma la Declaración de Bruselas, en la cual, por primera vez, la parte británica admite expresamente que se abordarán en el proceso de negociación cuestiones de soberanía.
El 5 de febrero de 1985, se abre definitivamente la verja para personas, vehículos y mercancías.
El 20 de noviembre de 2001, se celebra una trascendental reunión en Barcelona, en la cual España y Gran Bretaña se comprometen a un acuerdo sobre Gibraltar antes del verano de 2002.
El 4 de febrero de 2002, los Ministros de A. Exteriores inglés Jack Straw y de España Piqué se reúnen nuevamente, ésta vez en Londres, y aunque no llegan a ningún acuerdo, reafirman los dos grandes principios de la negociación: Habrá referéndum, según el compromiso de 1969, pero nunca independencia, de acuerdo con el Tratado de Utrecht. Las conversaciones se aceleran.
El 12 de julio de 2002, Jack Straw realiza una declaración ante la Cámara de los Comunes en la cual defiende la solución de la soberanía compartida, siempre que sea respaldada en referéndum por los gibraltareños.
El 7 de noviembre de 2002, los gibraltareños se oponen, por abrumadora mayoría, al acuerdo de cosoberanía. El referéndum convocado por el Primer Ministro de Gibraltar Peter Caruana es desautorizado tanto por Londres como por Madrid.
LOS DESACUERDOS
Los puntos conflictivos en las negociaciones entre los Gobiernos de Inglaterra y Espa ña en la cuestión a Gibraltar son:
Determinar la soberanía de Gibraltar, acatando las dos partes lo relativo a la resolución de la ONU de 1960.
Negociar lo relativo al istmo, que si es territorio español y que ha sufrido una invasión; conviniendo lo que mas encaje a las dos partes. Quizás se podría arrendar, para que el Reino Unido pueda seguir comercializando sus mercancías, utilizando el istmo.
Concertar pactos relativos a la situación de Gibraltar como paraíso fiscal. Actualmente existen una serie de convenciones relativas al crimen organizado, que han suscrito los miembros de la sociedad internacional, y que son parte España y Reino Unido. Con base a esto se puede llegar a un acuerdo. Sin embargo también debe considerarse la parte correspondiente a la Unión Europea, que puede obligar a Gibraltar a acatar lo relativo a los impuestos como el resto de los territorios europeos.
Represión del contrabando.
La posición de España se podría concretar en determinadas concesiones y en base a ciertos argumentos:
Felipe V cedió Gibraltar sin jurisdicción territorial alguna y hay que considerar que Gibraltar no se rindió a los ingleses, sino al partido español que defendía los pretendidos derechos del Archiduque Carlos de Austria a la Corona de España en la guerra de Sucesión y por tanto Inglaterra nunca tuvo soberanía total en el territorio ya que no se puede gobernar sin hacer leyes. Por tanto es legítima, la reclamación de España,respecto a la soberanía de Gibraltar. Es una parte del territorio nacional y como tal debe volver a la soberanía española. El Gobierno español ofrece dar a Gibraltar un estatuto a través de una vía especial de la Constitución.
La colonia inglesa podría adquirir el rango de autonomía con la aplicación del artículo 144. B de la Constitución, que establece que las Cortes, "si concurren motivos de interés nacional", podrán "acordar un Estatuto de Autonomía para territorios que no estén integrados en la organización provincial".
La receta con la que el Peñón podría integrarse - siempre que se logre el sí de los gibraltareños en un referéndum - a la estructura territorial del Estado estaría al margen de la fórmula genérica que defina el acuerdo hispano-británico sobre el futuro de Gibraltar. Según el estado actual de las negociaciones, se trataría de una soberanía total, para España, pero compartida con Gran Bretaña. Así se salvaría el escollo de que un acuerdo internacional que estableciera una soberanía compartida supusiera la renuncia a la total soberanía española.
Texto modificado de Diana Torres del Mazo
LA RECLAMACIÓN DIPLOMATICA ANTE LAS NACIONES UNIDAS
Espa ña ha defendido ante las Naciones Unidas en 1956 y 1963 por el Ministro de Asuntos Exteriores D. Alberto Martín Artajo y por su Delegado ante la misma D. Jaime de Pinies la descolonización de Gibraltar ordenada por la propia Organización de las Naciones Unidas
En 1956, España presenta el problema de Gibraltar en la Asamblea General de las Naciones Unidas, reclamando la devolución del Peñón, a la vez que el General Franco presentaba a los medios de comunicación los fundamentos de la propuesta española, básicamente el ofrecimiento de garantías de disfrute de la base en el Peñón a cambio del reconocimiento de la soberanía española, sin considerar ningún tratamiento especial para la población. Esta oferta sería desarrollada por el ministro de Asuntos Exteriores D. Fernando María de Castiella, a través de una estrategia de cuatro puntos:
  • - internacionalizacion del contencioso al plantearlo ante las Naciones Unidas como un problema de descolonización.
  • - Bloqueo económico.
  • - Desarrollo económico del Campo de Gibraltar
  • - Entorpecimiento de las labores de la base militar.
Se remite toda la documentación al Comité de los Veinticuatro, órgano especializado creado por las Naciones Unidas para controlar los procesos de descolonización. Se incluía la Overseas Dependent Territories, que el Reino Unido había presentado en 1946 y donde se califica a Gibraltar como territorio colonial. A pesar de las maniobras de Gran Bretaña para posponerlo, en septiembre de 1963 el Comité decide estudiar el caso del Peñón.
La Resolución 1514/XV, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 14 de diciembre de 1960, es la piedra angular dado que en la misma se sientan las bases del proceso mundial de descolonización. Sin embargo, Gran Bretaña la interpretó con ambigüedad, pues si bien en el párrafo 2º defiende la autodeterminación, en el párrafo 6º hace primar la integridad territorial.
  • " 2.- Todas los pueblos tienen derecho a la autodeterminación; en virtud de tal derecho determinarán libremente su estatus político y seguirán libremente su desarrollo económico, social y cultural.
  • 6.- Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas".
El 16 de octubre de 1964 el Comité de los Veinticuatro, acuerda:
  • "...invita al Reino Unido y a España a iniciar sin demora conversaciones a fin de encontrar, conforme a los principios de la carta de la organización de las naciones unidas, una solución negociada, de acuerdo a las disposiciones de la resolución 1514 (xv)".
En efecto, frente a un problema de soberanía, el principio de libre determinación cede ante el principio de integridad territorial. Esta mención expresa es de fundamental importancia, ya que excluye la aplicación del principio de autodeterminación en aquellos supuestos que afectan a la unidad nacional y la integridad territorial de un Estado independiente.
Comienza el desarrollo del Campo de Gibraltar a la vez que se inicia una política de bloqueo. Se complica el paso por el puesto fronterizo y se persigue el contrabando, y algunas familias gibraltareñas residentes en La Línea deben volver al Peñón. Durante todo este tiempo,Inglaterra se niega a entablar conversaciones.
El 16 de diciembre de 1965 la Asamblea General aprueba la Resolución 2070/XX, invitando a las partes a iniciar sin demora conversaciones. El 17 de enero de 1966 España solicita formalmente a Gran Bretaña una reunión de Ministros de Asuntos Exteriores. Continuando con la política de bloqueo, se niega el permiso para atracar en puertos españoles a barcos que antes lo hubieran hecho en Gibraltar, y se niega autorización para sobrevolar territorio español a aviones que tuvieran como destino Gibraltar.
El 14 de febrero el gobierno británico acepta la propuesta española de iniciar las conversaciones, y el 18 de mayo se reúnen en Londres los ministros Castiella y Stewart. España presenta el documento "Alegato y propuestas españolas", básicamente la misma propuesta que había hecho el General Franco aunque con una mayor sensibilidad hacia la comunidad gibraltareña.
  • - Se rechazaba la soberanía británica, pues sólo se había concedido el derecho a instalar una base militar.
  • - Se negaba a la población gibraltareña el carácter de comunidad, por ser una mezcla de grupos étnicos que vivían de la base.
  • - Se denunciaba el contrabando, que se realizaba con el visto bueno de Londres.
  • - Se destacaba la humillación y el perjuicio que la permanencia de la base militar suponía para España, al romper la continuidad de sus costas y crear una amenaza en una zona de máximo interés estratégico.
  • - Se denunciaba la violación del Tratado de Utrecht al ocupar el istmo y construir el aeropuerto.
  • - Se hacía referencia a la Resolución de las Naciones Unidas en favor de la integridad territorial.
Como solución, el Gobierno español proponía: La concesión al Reino Unido, tras una negociación, del derecho de mantener su base militar mientras fuera necesaria. El reconocimiento español, tras otra negociación, de la nacionalidad británica de los gibraltareños, de su libertad religiosa, del derecho de residencia y de trabajo. El compromiso a desarrollar económicamente el Campo de Gibraltar para asegurar el bienestar general.
A cambio, ambas partes firmarían un convenio cancelando el Art. X del Tratado de Utrecht.
Gran Bretaña rechazó la argumentación española, y el 12 de julio entrega a España su propuesta, en la que se ignoraba el tema de la soberanía y proponía medidas que crearan un marco de confianza: derribar la verja, aceptar un agente español en cuya residencia ondearía su bandera, compromiso de consultas en caso de cambios constitucionales, adaptación de las instituciones administrativas para asemejarlas a las de un municipio, lucha contra el contrabando y uso conjunto del aeropuerto y base naval en tiempo de paz.
Fracasada la iniciativa española, vuelven las sanciones. El 21 de julio se prohíbe que aviones británicos sobrevuelen territorio español, y se exige la desaparición de la verja, establecida en la zona neutral. El 4 de octubre se suprime la Aduana Subalterna de La Línea, estableciendo en su lugar un puesto habilitado de tercera clase dependiente de la Aduana de Algeciras.
El Reino Unido propone el 11 de octubre llevar el caso al TribunalInternacional de Justicia de La Haya, pero España, confiando en el éxito en las Naciones Unidas, se niega, proporcionando a Gran Bretaña una importante baza de propaganda.
El 20 de diciembre de 1966 la Asamblea General se pronuncia nuevamente en su Resolución 2231/XXI invitando a las partes a continuar las negociaciones.
El 11 de abril de 1967 se prohíbe sobrevolar la zona de Algeciras,dificultando el uso del aeropuerto de Gibraltar. Dos días más tarde Gran Bretaña suspende las conversaciones, aunque después volverían a reanudarse. En las Naciones Unidas se consolidaba la tesis española de primar el principio de integridad territorial sobre el de autodeterminación, a la vez que la posición británica iba debilitándose. Para fortalecer su argumentación y dificultar el triunfo de las tesis españolas en la ONU, el 14 de junio de 1967 Gran Bretaña anuncia su voluntad de convocar un referendum en Gibraltar, en el que la población se pronunciaría entre la oferta española o en el mantenimiento de los vínculos con el Reino Unido, y cuyo resultado era fácil de prever.
Para España esta convocatoria suponía una violación de las resoluciones de las Naciones Unidas, que circunscribían las negociaciones a Gran Bretaña y España, además de convertir en árbitro del conflicto a una de las partes implicadas (no olvidemos que los gibraltareños son ciudadanos británicos).
A fines de agosto el Comité de los Veinticuatro discute el tema con un gran éxito diplomático español: el 31 de agosto se aprueba una resolución que precisa que es el párrafo sexto de la Resolución 1514/XV el que debe ser aplicado en el contencioso gibraltareño, hacia referencia al principio de integridad territorial, condenaba el referéndum e invitaba a las partes a reanudar las conversaciones. Solo votan en contra Gran Bretaña y Australia, destacando la abstención de los Estados Unidos.
Gran Bretaña ignora la voluntad de la ONU y celebra el referéndum el 10 de septiembre, con el resultado de: 12.138 votos a favor del vinculo con Inglaterra, 44 votos a favor de la propuesta española y 55 votos nulos. La Resolución del Comité de los Veinticuatro pasó a la IV Comisión, donde también fue aprobada. El 19 de diciembre de 1967 se vota en la Asamblea General, logrando 73 votos a favor, 19 en contra y 27 abstenciones. Finalmente, la nueva Resolución 2.353/XXII consagra la tesis española. En ella, la Asamblea General aborda, en el párrafo preambular, específicamente la cuestión de Gibraltar y considera que toda situación colonial que destruye parcial o totalmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.
  • "...Toda situación colonial que destruya parcial o totalmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y específicamente con el párrafo 6º de la Resolución 1514/XV de la Asamblea General...".
Sucesivas resoluciones de la Asamblea General siguen en la misma línea: la Resolución 2429/XXIII, reafirma que el mantenimiento de la situación colonial de Gibraltar es contrario a la Carta de las Naciones Unidas, y la Resolución 2625/XXV, que establece los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados, reitera la incompatibilidad con la Carta de las Naciones Unidas de cualquier acción que menoscabe, total o parcialmente, la integridad territorial de los Estados.
A pesar de ser miembro permanente del Comité de Seguridad, Gran Bretaña decide incumplir la Resolución de las Naciones Unidas, y comienza a trabajar en un texto constitucional para el Peñón. En mayo de 1968 España aplica nuevas medidas restrictivas al paso fronterizo. En mayo de 1969 se publica la Constitución de Gibraltar. Destaca en su Preámbulo el compromiso de Gran Bretaña de mantener a Gibraltar bajo su soberanía mientras una Ley del Parlamento no disponga lo contrario, y a no cederlo a otro estado en contra de la voluntad de su población. Gran Bretaña había consumado su política frente a España y a las Naciones Unidas. España, manteniendo la coherencia en su política, a las 22:30 del domingo 8 de junio de 1969 cierra la frontera y retira los permisos de trabajo en Gibraltar (cuya cifra había disminuido desde 12000 hasta 4778). El 27 se suspende el ferry que unía Algeciras con el Peñón, el 1 de octubre se cierran las líneas telefónicas y telegráficas. Ante el incumplimiento británico de las resoluciones de las Naciones Unidas, España pasa a respetar únicamente los derechos expresamente recogidos en el Tratado de Utrecht.
  • "...dicha propiedad se cede a la Gran Bretaña sin jurisdicción alguna territorial, y sin comunicación alguna abierta con el país circunvecino por parte de tierra.".
El cierre de la verja dañó gravemente la economía gibraltareña, pero reforzó su identidad y su vínculo con Inglaterra. También creó un encono que no había existido nunca entre las poblaciones gibraltareña y española, y causó un grave perjuicio a La Línea de la Concepción. La mayoría de las medidas de Castiella acabarían siendo contraproducentes para los intereses españoles.
Reproducción del diario AREA del 8 de junio de 1969
Carta de las Naciones Unidas
La "Carta de las Naciones Unidas" es el documento por medio del cual se Constituyen las Naciones Unidas, que nacen ante la necesidad de crear un orden internacional y ante el fracaso de la Sociedad de Naciones surgida al final de la I Guerra Mundial (1914-1919).
Su historia se remonta al 12 de julio de 1941 con la "Declaración de Londres", firmada por los representantes del Reino Unido, Canadá, Australia, Nueva Zelandia, y Sudáfrica, además de los gobiernos en exilio de Bélgica, Checoslovaquia, Grecia, Luxemburgo, Noruega, los Países Bajos, Polonia, Yugoslavia y Francia representada por el general De Gaulle. Este documento se pronunciaba a favor de la concertación de la paz de forma conjunta, estableciendo que la única base de una paz duradera es la cooperación voluntaria de todos los pueblos libres para evitar la amenaza de una agresión.
Posteriormente, el 14 de agosto de 1941, el Presidente de los Estados Unidos, Franklin D. Roosevelt, y el Primer Ministro Británico, Winston Churchill, firman la"Carta del Atlántico", en la que hacen referencia a que después de terminar la guerra en la que estaban enfrascados (II Guerra Mundial, 1939-1945) esperan ver establecida una paz que ofrezca a las naciones seguridad y que sus habitantes vivan libres del temor y la necesidad, que todas las naciones del mundo, renuncien al uso de la fuerza y establece el deseo de los firmantes de promoverla colaboración entre las naciones para lograr mejores condiciones de trabajo, adelanto económico y seguridad social.
Tras una serie de conversaciones y reuniones de los países democráticos beligerantes contra el Eje como la Conferencia de Moscú del 1 de noviembre de 1943 y la de Teherán, dos meses después, en 1944 se empieza a proyectar la creación de la Organización de las Naciones Unidas en la Conferencia de Dumbarton Oaks que terminó el 7 de octubre de ese año. Posteriormente, en la Conferencia de Yalta (Rusia), el 11 de febrero de 1945, se especificó la forma de votar en dicho órgano, estableciéndose el derecho de veto y reservándose este solamente a los países vencedores. Finalmente del 25 de abril al 26 de junio de 1945 se llevó a cabo la Conferencia de San Francisco (EE .UU.), que se basó en las Conferencias de Dumbarton Oaks y de Yalta, además de tomar en cuenta enmiendas propuestas por varios gobiernos. Esta conferencia forjó la "Carta de las Naciones Unidas y el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia", que fue aprobada por unanimidad y firmada por todos los representantes. La "Carta de las Naciones Unidas" entró en vigor el 24 de octubre de 1945, fecha en que China, Estados Unidos, Francia,el Reino Unido, la Unión Soviética y la mayor parte de los demás signatarios depositaron sus instrumentos de ratificación.
La Carta de las Naciones unidas consta de un preámbulo que contiene unas declaraciones de principios en los que se condensa la filosofía de las nacientes Naciones Unidas y 111 artículos divididos en 19 capítulos que desarrollan los citados principios así como establecen la estructura y funcionamiento del nuevo organismo.
Las rubricas de los distintos capítulos son las siguientes:
  • CAP.I: Propósitos y principios
    CAP.II Miembros
    CAP.III: Órganos
    CAP.IV: La Asamblea General
    CAP.V: El Consejo de Seguridad
    CAP.VI: Arreglo pacífico de controversias
    CAP.VII: Acción en caso de amenazas a la paz, quebrantamientos de la pac actos de agresión
    CAP.VIII: Acuerdos regionales
    CAP.IX: Cooperación internacional económica y social
    CAP.X: El Consejo Económico y Social
    CAP.XI: Declaración relativa a territorios no autónomos
    CAP.XII: Régimen internacional de administración fiduciaria
    CAP.XIII: El Consejo de Administración Fiduciaria
    CAP.XIV: La Corte Internacional de Justicia
    CAP.XV: La Secretaría
    CAP.XVI: Disposiciones varias
    CAP.XVII: Acuerdos transitorios sobre seguridad
    CAP.XVIII: Reformas
    CAP.XIX: Ratificación y firma
A continuación se recogen los principios reseñados en el Preámbulo de la Carta y aquellos textos de los artículos que se consideran son los aplicables al caso español en su reclamación ante la Sede las Naciones Unidas sobre el territorio del Peñón y Plaza de Gibraltar y citados en las diversas Resoluciones de las Asamblea.
  • "Preámbulo
  • Nosotros los Pueblos de las Naciones Unidas
  • Resueltos a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra que dos veces durante nuestra vida ha infligido a la Humanidad sufrimientos indecibles,
  • a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, a crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional,
  • a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, y con tales finalidades a practicar la tolerancia y a convivir en paz como buenos vecinos,
  • a unir nuestras fuerzas para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales,
  • a asegurar, mediante la aceptación de principios y la adopción de métodos, que no se usará la fuerza armada sino en servicio del interés común, y
  • a emplear un mecanismo internacional para promover el progreso económico y social de todos los pueblos,
  • hemos decidido unir nuestros esfuerzos para realizar estos designios
  • Por lo tanto, nuestros respectivos Gobiernos, por medio de representantes reunidos en la ciudad de San Francisco que han exhibido sus plenos poderes, encontrados en buena y debida forma, han convenido en la presente Carta de las Naciones Unidas, y por este acto establecen una organización internacional que se denominará las Naciones Unidas".
  • "CAPITULO IPropósitos y principios
  • Art. 1
  • Los propósitos de las Naciones Unidas son:
  • 1. Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresión u otros quebrantamientos de la paz; y lograr por medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz;
  • 2. Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de libre determinación de los pueblos, y tomar otros medidas adecuadas para fortalecer la paz universal;
  • 3. Realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión; y
  • 4. Servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones por alcanzar estos propósitos comunes".
  • "Art. 2
  • Para la realización de los Propósitos consignados en el Artículo 1, la Organización y sus Miembros procederán de acuerdo con los siguientes Principios:
  • 1. La Organización esta basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus Miembros.
  • 2. Los Miembros de la Organización, a fin de asegurarse los derechos y beneficios inherentes a su condición de tales, cumplirán de buena fe las obligaciones contraídas por ellos de conformidad con esta Carta
  • 3. Los Miembros de la Organización arreglarán sus controversias internacionales por medios pacíficos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia.
  • 4. Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas.
  • 5. Los Miembros de la Organización prestarán a ésta toda clase de ayuda en cualquier acción que ejerza de conformidad con esta Carta, y se abstendrán de dar ayuda a Estado alguno contra el cual la Organización estuviere ejerciendo acción preventiva o coercitiva.
  • 6. La Organización hará que los Estados que no son Miembros de las Naciones Unidas se conduzcan de acuerdo con estos Principios en la medida que sea necesaria para mantener la paz y la seguridad internacionales.
  • 7. Ninguna disposición de esta Carta autorizará a las Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados, ni obligará a los Miembros a someter dichos asuntos a procedimientos de arreglo conforme a la presente Carta; pero este principio no se opone a la aplicación de las medidas coercitivas prescritas en el"
  • "CAPITULO XI Declaración relativa a territorios no autónomos
  • Art.73
  • Los Miembros de las Naciones Unidas que tengan o asuman la responsabilidad de administrar territorios cuyos pueblos no hayan alcanzado todavía la plenitud del gobierno propio,reconocen el principio de que los intereses de los habitantes de esos territorios están por encima de todo, aceptan como un encargo sagrado la obligación de promover en todo lo posible,dentro del sistema de paz y de seguridad internacionales establecido por esta Carta, el bienestar de los habitantes de esos territorios, y asimismo se obligan:
  • a) a asegurar, con el debido respeto a la cultura de los pueblos respectivos, su adelanto político, económico, social y educativo, el justo tratamiento de dichos pueblos y su protección contra todo abuso;
  • b) a desarrollar el gobierno propio, a tener debidamente en cuenta las aspiraciones políticas de los pueblos, y ayudarlos en el desenvolvimiento progresivo de sus libres instituciones políticas, de acuerdo con las circunstancias especiales de cada territorio, de sus pueblos y de sus distintos grados de adelanto;
  • c) a promover la paz y la seguridad internacionales;
  • d) a promover medidas constructivas de desarrollo, estimularla investigación, y cooperar unos con otros y, cuando y donde fuere del caso, con organismos internacionales especializados,para conseguir la realización práctica de los propósitos de carácter social, económico y científico expresados en este
  • e) a transmitir regularmente al Secretario General, a título informativo y dentro de los límites que la seguridad y consideraciones de orden constitucional requieran, la información estadística y de cualquier otra naturaleza técnica que verse sobre las condiciones económicas, sociales y educativas de los territorios por los cuales son respectivamente responsables, que no sean de los territorios a que se refieren los Capítulos XII y XIII de esta Carta.
  • Art. 74
  • Los Miembros de las Naciones Unidas convienen igualmente en que su política con respecto a los territorios a que se refiere este Capítulo, no menos que con respecto a sus territorios metropolitanos, deberá fundarse en el principio general de la buena vecindad, teniendo debidamente en cuenta los intereses y el bienestar del resto del mundo en cuestiones de carácter social, económico y comercial".
Valor estratégico del Peñón
El empecinamiento de Inglaterra en no devolver Gibraltar a Espa ña se debe a su consideración de un territorio de gran valor geo-politico y estratégico.Lo ha tenido cuando detentaba, igualmente, por ocupación la Isla de Menorca, también cuando pertenecía Malta a la Corona Británica, hoy en día no puede mantenerse tal afirmación.
Hace casi 20 años que España entró en la OTAN bajo el auspicio del presidente Calvo Sotelo, por tanto la tesis que hasta entonces mantenía el Reino Unido acerca de importancia estratégica de Gibraltar para la seguridad internacional y para la OTAN ha caducado. Hace años que el Reino Unido mantiene que Gibraltar seguirá jugando un papel importante en misiones militares de su país o de sus aliados debido a su posición estratégica. Los diferentes gobernadores militares británicos que han pasado por el Peñón siempre han corroborado la importancia estratégica del Peñón como punto de operaciones entre el noroeste de Europa y muchas otras zonas del mundo.
En muchas ocasiones Gibraltar ha tenido una participación significativa en las tareas de prestación de apoyo a buques y aviones militares de muchos países con rumbo a puntos conflictivos y para la cobertura de la ruta a los Balcanes en operaciones de la ONU. Durante años la colonia de Gibraltar permaneció aislada “a cal y canto” del territorio español, con todo lo que ello comportaba de penalidades para la población tan vinculada al área española del Campo de Gibraltar. La colonización de Gibraltar es de naturaleza estratégica y representa una hipoteca para la seguridad española. No hay que olvidar la importancia histórica de los estrechos y el poder político de quienes los controlan. La cuestión es que en casos no tan lejanos como el del submarino nuclear Tireless, que permaneció varado en Gibraltar durante casi un año, el riesgo de destrucción de la zona meridional gaditana ha sido evidente.
Fuente: http://www.elpais.es/temas/dossieres/gibraltar/estrategia.html
A pesar de que el Peñón esta internamente fortificado es evidente que este es un objetivo fácil para las instalaciones artilleras españolas de Sierra Carbonera y desde las plazas españolas del Norte de África y que dada la capacidad incrementada de bombardeo por parte de la aviación, Gibraltar puede ser inutilizado con rapidez. Aun suponiendo que no pusiera el pie la infantería, su misión como base aeronaval y como plaza fuerte quedaría inutilizada por completo. Más aún, desde la guerra de 1914 a 1918, está demostrado que en las mejores circunstancias para Inglaterra, el estrecho, como llave del Mediterráneo,funciona sólo con respecto a la superficie, pero nunca o con tremendas dificultades para la navegación submarina. Por si aún fuera poco, el Peñón es una roca de caliza jurásica y pizarra silúrica que se haría pedazos al estallar las bombas explosivas.

1 comentario:

  1. Se han intentando todo tipo de abordajes, militar , diplomático..y aún siendo necesarios , todos fallidos. El único abordaje, realmente posible y proporcionado, y el que de verdad interesa a la población de Gib, Nunca se ha tomado en serio, LA REVERSION ECONOMICA , o Armonización económica . La liberación en el pueblo del lado Norte, La Linea, del secuestro de Gib., con la solidaridad de todos los españoles, esta medida a pesar de ser unánime y de sentido común, pues Gib vive del estatuto de "europeos a la carta", de puerto franco. consentido por todos los gobiernos de España. En menoscabo del desarrollo de una IDENTIDAD ECONOMICA PROPIA de La Linea, que es el espejo de España donde se miran los gibraltereños, y que ha sido históricamente ninguneada y sacrificada en UNA POLITICA DE ESTADO, que soporta sobre sus propios hombros, como nadie y que los Gib ,viendo su opulencia actual y la situación del vecino pueblo , maltratado y difamado, ignorado por sus propios gobernantes.. Nunca tendran la confianza, ni el interés, en llegar a un pacto.. ( Autonomia, cosoberania...) que realmente seria beneficioso para todos,dejando de ser el peñón de la discordia , para ser un puente de unión entre dos grandes estados, entre dos grandes coronas. Pero esto no ocurrirá, mientras exista la enorme desigualdad de estatuto entre La Linea y Gib, la competencia "desigual", entre ambas ciudades. Quizàs existan "intereses " ocultos que aclaren la falta de sentido común en la resolución de este ya cansino contensioso. Abordaje y solución económica que la "renta" y el trabajo esté màs en el lado norte , que el "fondo de saco" de Gib. Otro gallo nos cantaria. Otra opinión tendrian los Gibraltareños, si estuvieran frente a un lugar mas próspero y con mas futuro que su "pequeña roca".

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